Ordenanza 34711
Publicada en el Boletín Oficial del 22/01/1979 Número: 15946
Hoteles Residenciales. Departamentos. Se excluye del cumplimiento del articulo 50 del Decreto - Ordenanza 14738 que refiere al destino único del inmueble. Prestación de servicio de hospedaje. Sanciones.