Ordenanza 20333
Publicada en el Boletín Oficial del 19/08/1965 Número: 12635
Exposición y venta de animales vivos. Prohibición dentro de los límites jurisdiccionales de la Capital Federal, la venta callejera, ambulatoria, en ferias y/o mercados. Habilitación para comercios del ramo. Cumplimiento de disposiciones higiénicas.