Ley Ciudad 5852 Legislatura De La Ciudad Autónoma De Buenos Aires - LCABA
Sancionada el 03/08/2017
Publicada en el Boletín Oficial del 28/08/2017 Número: 5199 Página: 22
Declárase integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires en los términos del Artículo 5° de la Ley 1227, “Patrimonio Cultural Viviente“, a las colectividades reconocidas por la Ley 4823.