Ordenanza 10305 Año 1939
Sancionada el 18/07/1939
Publicada en el Boletín Oficial del 13/08/1939 Número: 5557
Cementerios. Se autoriza la introducción de cadáveres que no esten contenidos en cajas metálicas y cuyos deudos acrediten domicilio real en la Capital. Inhumaciones en bóvedas, nichos y panteones. Apertura previa de la caja metálica que contiene el cadáv
Abrogación/derogación Expresa.